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Reforma laboral

Doble prima en junio: quiénes son los trabajadores que recibirán este beneficio 1m5134

Algunos trabajadores formales en Colombia podrían recibir una doble prima en junio de 2025. 2f1s59

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Algunos trabajadores formales en Colombia podrían recibir no una, sino dos primas en junio. Mientras que una es obligatoria por ley, la otra puede depender de beneficios adicionales establecidos por el empleador. 

Prima de servicios: quiénes la reciben, cómo calcularla y las fechas de pago

La prima de servicios, regulada por el Código Sustantivo del Trabajo, corresponde a un mes de salario por año laborado y debe pagarse en dos cuotas: una en junio (hasta el 30) y otra en diciembre (hasta el 20).

Empleados domésticos y públicos también reciben prima. (Fuente: Archivo) 

¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima de servicios en junio? pok

Este pago corresponde a todos los trabajadores formales que cuenten con contrato laboral vigente en Colombia. Según la normativa laboral, los beneficiarios son:

  • Empleados con contrato laboral formal
  • Servidores públicos
  • Trabajadores del servicio doméstico (internas, choferes, trabajadores por días, de finca)
  • Docentes de instituciones públicas

En cambio, no tienen derecho a esta prestación los trabajadores independientes, contratistas, aprendices, empleados con salario integral y trabajadores ocasionales o temporales.

Es fundamental que el empleador cumpla con los plazos establecidos ya que, si no lo hace, deberá pagar intereses al trabajador. En caso de incumplimiento, el empleado puede acudir a mecanismos legales como la conciliación o una demanda ante el Ministerio de Trabajo o la justicia laboral.

¿Qué es la doble prima y quiénes pueden recibirla en junio? ymw

Además de la prima legal, algunas empresas otorgan un beneficio adicional conocido como prima extralegal. Esta puede entregarse de forma voluntaria por parte del empleador o estar establecida en el contrato laboral como un acuerdo entre las partes.

La prima extralegal es un beneficio adicional y voluntario. (Fuente: Archivo)

La prima extralegal no es obligatoria, pero representa un reconocimiento por buen desempeño, antigüedad u otros factores definidos por la empresa. En el sector público también pueden existir primas adicionales establecidas por situaciones particulares.

Según el Ministerio de Justicia, en el caso de empleados privados no debe confundirse la prima extralegal con una bonificación, ya que esta última es un pago autónomo del empleador, mientras que la prima de servicios es una obligación legal.

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