(function(w,d,s,l,i){w[l]=w[l]||[];w[l].push({'gtm.start': new Date().getTime(),event:'gtm.js'});var f=d.getElementsByTagName(s)[0], j=d.createElement(s),dl=l!='dataLayer'?'&l='+l:'';j.async=true;j.src= 'https://www.googletagmanager.com/gtm.js?id='+i+dl;f.parentNode.insertBefore(j,f); })(window,document,'script','cronistaDataLayer','GTM-PXJM8DT'); 361i5i

Jubilación

Se confirmó lo peor: ya no podrás heredar la pensión a partir de julio, los nuevos cambios que debes conocer 123v3a

La reforma pensional modifica quiénes podrán acceder a este derecho y endurece los requisitos. 6w1k6n

En esta noticia

A partir del 1° de julio de 2025, comenzará a regir en Colombia la nueva reforma pensional, que transforma las condiciones para heredar una pensión de sobrevivencia. Uno de los cambios más controversiales afecta directamente a un grupo de beneficiarios que, bajo las reglas actuales, sí podían acceder a este derecho. 

Con las nuevas disposiciones impulsadas por el Gobierno Nacional y avaladas por el Congreso, algunos ciudadanos quedarán completamente excluidos del sistema.

La reforma pensional entra en vigencia el 1° de julio de 2025. (Fuente: Archivo) 

Qué personas dejarán de heredar la pensión de sobrevivencia a partir de julio de 2025 4j4d26

La nueva legislación establece restricciones inéditas para acceder a la pensión que antes se otorgaba a familiares del afiliado fallecido. El caso más relevante es el de las exparejas separadas de hecho, quienes ya no podrán heredar la pensión, incluso si no estaban legalmente divorciadas. 

El único modo de conservar este beneficio será haber convivido con la persona fallecida durante al menos cinco años antes de su muerte, según lo detallado en los cambios introducidos por el Ministerio de Trabajo y basados en las Leyes 100 de 1993 y 797 de 2003.

La decisión busca priorizar a quienes mantenían un vínculo estable y demostrable con el fallecido, especialmente si había dependencia económica. De este modo, solo los familiares directos o convivientes continuos podrán acceder a la pensión, lo que representa una pérdida importante para quienes quedaban protegidos hasta ahora bajo un criterio más amplio.

Quiénes seguirán recibiendo pensión de sobrevivencia según la nueva reforma 2p494f

Pese a las modificaciones, algunos beneficiarios seguirán accediendo a este derecho, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por las normativas vigentes. Entre ellos se encuentran:

El Ministerio de Trabajo implementará un régimen de transición para quienes ya reciben el beneficio. (Fuente: Archivo) 

  • Cónyuge o compañero permanente que haya convivido con el fallecido al menos cinco años antes del deceso.
  • Hijos menores de edad, o mayores de edad que estudien entre los 18 y 25 años.
  • Hijos con discapacidad, sin límite de edad, si dependían económicamente.
  • Padres del fallecido, pero solo si demostraban dependencia económica.
  • Hermanos con invalidez que también dependieran económicamente.

El Ministerio de Trabajo informó que se aplicarán mecanismos de transición para evitar que quienes ya reciben una pensión de sobrevivencia bajo las condiciones actuales se vean afectados. Sin embargo, todas las solicitudes posteriores al 1° de julio de 2025 deberán ajustarse al nuevo régimen.

Temas relacionados
Más noticias de pensión

Las más leídas de Finanzas y economía 6q3oz

1
2
3
4

Las más leídas de El Cronista Colombia 2u5wn

1
Una nueva potencia mundial se acerca: Rusia y China en alerta por el ascenso de un país latino que podría alterar el equilibrio económico global
2