Aerolíneas locales festejan el nuevo decreto de Milei h3s52
El Gobierno decretó una nueva versión del Código Aeronáutico. Entre los principales cambios, establece más horas de trabajo para pilotos y tripulantes 5r1z14
Las aerolíneas locales festejan la decisión del Gobierno, con una nueva versión del Código Aeronáutico que introduce cambios en el régimen laboral para pilotos y tripulantes.
Mediante su publicación en el Boletín Oficial, el Ejecutivo derogó el decreto anterior que catalogó como demasiado rígido y fruto de una lógica más sindical que técnica. Ahora, las aerolíneas podrán incrementar sus vuelos sin modificar su plantilla de empleados, lo que implica un beneficio en costos.
"Estamos analizando la reglamentación recientemente publicada, que entrará en vigencia en los próximos 30 días. De manera general, consideramos positivo que se avance hacia un marco regulatorio alineado con estándares operativos internacionales, como los establecidos por las FAR en Estados Unidos, y que ya han sido adoptados progresivamente por países de la región como Chile, Perú y Colombia", comentaron fuentes de la aerolínea JetSmart.
El Decreto 378/2025 que se oficializó este miércoles plantea principalmente la flexibilización de los tiempos de servicio y descanso para pilotos y tripulantes, lo que les permite a las empresas establecer sus propios regímenes, siempre que respeten ciertos límites máximos.
Desde el año pasado, el Gobierno avanza poco a poco en el camino hacia un mercado aerocomercial alineado con los estándares internacionales de la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional). Esta decisión es un paso más en ese plan, ya que, para cubrir las mismas horas de vuelo en la Argentina, se necesitaba más personal que en los Estados Unidos.
Según confirmaron fuentes del sector a El Cronista, esto no sólo permitirá que las aéreas vuelen más, con la misma cantidad de empleados, sino que, además, será una carta fuerte para las empresas a la hora de negociar con los gremios aeronáuticos.
Es que, a pesar de que la normativa aplicará a todas las empresas que operan vuelos localmente a partir del mes que viene, se presume que los sindicatos insistirán sobre su los derechos adquiridos. Sin embargo, el nuevo Código podría ser una herramienta de utilidad para las empresas a la hora de tratar reclamos, huelgas, paritarias, entre otras cuestiones.
Esta noticia llegó días después de que APLA, el gremio de los pilotos de Aerolíneas Argentinas, anunciara un paro total para el próximo martes 10 de junio. El reclamo, que iniciará a las 18 y se extenderá hasta las 2 del día siguiente, dejará a la línea de bandera sin vuelos en Ezeiza y Aeroparque.
"Hay una primera lectura positiva ya que representa una ventaja competitiva alineada a cómo funciona la industria a nivel global. Es un avance que seguramente aporte mayor autonomía para que las compañías puedan organizar sus operaciones de forma más eficiente", explicaron referentes de Flybondi.
Esta decisión es, según indican en la industria, la segunda parte de la desregulación que anunció el Gobierno la semana pasada. Hasta hace pocas semanas atrás, las líneas aéreas que operaban en el país podían hacerlo con pilotos extranjeros, aunque tenían limitaciones temporales y sus actividades eran 'de apoyo'.
Esa regulación se eliminó por decreto y ahora las aéreas -sobre todo, las que tienen bases en distintos países- aprovechan para reubicar sus recursos dependiendo de la demanda de cada mercado y sin importar la nacionalidad del piloto. Esto pretende apaciguar uno de los principales problemas que azota a la industria alrededor del mundo: la escasez de pilotos y la dificultad para formarlos.
Estos son los principales cambios del Código Aeronáutico 293e6u
Entre las modificaciones que incluyó el Gobierno en la nueva regulación se destaca una nueva forma de contar las horas trabajadas para pilotos y tripulantes, otro régimen de vacaciones y un cambio en las horas máximas de vuelo.
A partir de la entrada en vigencia de esta regulación, se dejará de incluir el tiempo de traslado del personal al aeropuerto como inicio o finalización del servicio, así como también las actividades realizadas fuera del control del explotador.
Mientras que antes se consideraba tiempo de trabajo el traslado del personal al aeropuerto (aplicaba a pilotos o tripulantes de cabina de pasajeros), así como el tiempo de espera hasta iniciar el vuelo, ahora ese tiempo no estará contemplado como horas trabajadas.
A su vez, la norma establece además un límite de hasta 1000 horas anuales y 120 horas mensuales por piloto. En cuanto a la duración de los vuelos, pueden durar entre ocho y nueve horas con tripulación mínima (dos pilotos), 13 horas con tres pilotos y hasta 17 horas con cuatro pilotos.
En tanto, el descanso mínimo para los tripulantes de vuelo será igual a la duración del servicio anterior, pero nunca inferior a 10 horas consecutivas. Además, cada 168 horas consecutivas, deberán contar con al menos 30 horas de descanso. Además, el tiempo máximo de servicio no podrá exceder las 14 horas, aunque podrá ampliarse a 16 o 18 horas si se incorporan uno o dos tripulantes adicionales, respectivamente.
En el caso de los pilotos, el tiempo de descanso será de 30 horas semanales, tal como lo plantea la istración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA). Antes de esta modificación el personal tenía 36 horas consecutivas de descanso semanal, lo que encarecía el costo de las tripulaciones.
Respecto a las vacaciones, se dispondrán 15 días consecutivos de descanso anual y se eliminó la noción smatoria. La norma anterior contemplaba 30 días consecutivos de descanso anual para cualquier piloto que recién ingresaba a una línea aérea y a estos días se sumaban los 15 días de vacaciones por Ley, lo que encarecía también los costos para las aerolíneas. En los Estados Unidos, por ejemplo, un piloto goza de 14 días de vacaciones durante sus primeros cinco años en una empresa.
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